Un arancel injusto
La Casa Blanca había planificado una gran celebración el próximo 2 de abril. Se cumpliría un año del denominado «Día de la Liberación,» fecha en la que el presidente Donald Trump anunció un amplio paquete de aranceles recíprocos cuyo objetivo era liberar a Estados Unidos de las prácticas comerciales que el mandatario estimaba injustas. La conmemoración pretendía resaltar los logros económicos relacionados con el crecimiento de la producción nacional, la creación de puestos de trabajo en la actividad de manufactura, el déficit de las cuentas externas, el saldo de las finanzas públicas y los acuerdos de inversión extranjera por montos multimillonarios.
Sin embargo, la Corte Suprema de Estados Unidos alteró esos planes. Como resultado de la impugnación del uso de poderes de emergencia para imponer tales aranceles recíprocos, el Tribunal Supremo dictaminó el 20 de febrero, por seis votos contra tres, que el presidente Trump carecía de autoridad legal para aplicar esas tarifas al amparo de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA, por sus siglas en inglés).
La sentencia, redactada por el presidente del Tribunal John Roberts, subraya que los padres fundadores de Estados Unidos en ningún momento otorgaron al Poder Ejecutivo la facultad de cambiar los impuestos a los bienes importados de forma discrecional, competencia que corresponde al Congreso. Con términos precisos escribió el magistrado Roberts: «los redactores [de la Constitución] otorgaron al Congreso en exclusiva…el acceso a los bolsillos del pueblo» y añadió que «cuando el Congreso ha delegado sus facultades arancelarias, lo ha hecho en términos explícitos y sujeto a límites estrictos.» De manera que las medidas de Trump excedieron el mandato que le confiere la Constitución y, en consecuencia, han sido anuladas.
FUENTE JAIME ARISTY (DIARIO LIBRE)
